SENTENCIA AIFOS LAS CABALLERIZAS
Traemos aquí una sentencia en la que el banco tiene que devolver el dinero de una promoción de Aifos que nunca llegó a terminar porque ni siquiera se llegó a empezar. Se trata de la promoción de Aifos en Las Caballerizas, en Mijas.
¿Qué le pasó a este comprador de una vivienda en Las Caballerizas?
Nuestro cliente compró una vivienda en Mijas en el Conjunto Residencial Las Caballerizas de Aifos. Firmó el contrato de compraventa en el año 2003.
Esa promoción de “Las Caballerizas” no se terminó de construir. En realidad, ni siquiera llegaron a empezarse las obras de edificación. Fue un fracaso total y algunos compradores, en lugar de esperar y confiar en un final feliz, solicitaron a Aifos que les devolviera el dinero gastado. Otros compradores se mantuvieron todo el tiempo en la creencia de que alguien les podría devolver el dinero, pero lo que llegó fue el Concurso de Acreedores de Aifos.
El comprador al que nosotros hemos ayudado fue uno de los que pidió a Aifos la devolución del dinero, y Aifos le respondió que la única opción que le daba era cambiar (permutar) a otra promoción distinta también en Mijas. El cliente lo aceptó porque le dijeron que era la única forma de no perder todo lo pagado.
En cuanto a las letras que había firmado, las continuó pagando a través de su oficina bancaria. No podía rechazar el pago porque son letras de cambio que una vez firmadas se tienen que pagar savo casos excepcionales.
Aifos no terminó la promoción de Las Caballerizas
La vivienda en la promoción de “Las Caballerizas” debería haberse terminado en el año 2.005, pero al llegar esa fecha ni siquiera habían comenzado las obras. De hecho, nunca comenzaron por problemas urbanísticos y sólo llegaron a hacerse algunos trabajos de desbroce y limpieza de la parcela, pero sin llegar a obtenerse licencia de obras.
Así llegó septiembre del 2008 la crisis mundial y la quiebra y bancarrota (concurso de acreedores) de Aifos un poco después.
La mayoría de los compradores de viviendas en Las Caballerizas empezaron a pensar que habían perdido su dinero definitivamente cuando Aifos fue liquidado y desapareció. Tenía más deudas y pasivo que derechos y activo, así que sólo pudieron recuperar algo los bancos y las administraciones públicas.
Entonces el cliente llamó al Despacho de Abogados JC Vila y le ofrecimos intentar recuperar su dinero demandando al banco que ayudó a la promotora en la construcción de Las Caballerizas. No íbamos a demandar a Aifos porque ya no existía, sino a la entidad bancaria Banco Popular con la que Aifos había negociado la asistencia financiera para vender las viviendas.
Le ofrecimos también que no íbamos a cobrar honorarios si no ganábamos. Nuestros honorarios esperarían al resultado de la demanda y sólo en el caso de que el banco pagase al cliente, nosotros también cobraríamos. Pero si el banco no llegaba a pagar, nosotros tampoco a cobrar.
A este cliente nuestro, Aifos le había pedido que pagara 19.695 euros a la firma del contrato y luego le hizo firmar 5 letras que sumaron en total 36.526 euros más.
El dinero en efectivo de 19.695 € lo sacó nuestro cliente de su cuenta en Sabadell-Solbank. Las letras firmadas se las llevó Aifos a su propio banco y desde ese banco se las enviaron mensualmente al banco Sabadell-Solbank para que se las adeudaran en su cuenta mes a mes.
Así que, si nuestro cliente sólo se relacionó con dos empresas, Aifos y el banco Sabadell-Solbank, ¿cómo es posible que acabemos demandando al Banco Popular?
¿Por qué tiene que pagar el banco Popular el dinero que recibió Aifos?
¿Qué culpa tiene el Banco Popular de que Aifos no terminara las viviendas de la promoción Las Caballerizas?
¿De qué forma un comprador puede demandar al Banco Popular con el que nunca se relacionó, ni firmó ningún contrato ni tenía cuenta corriente allí?
Normalmente, un comprador en Las Caballerizas sólo podría reclamar al banco que le hubiera dado un aval personal e individual cuando entregó las cantidades anticipadas a Aifos. Pero el principal problema de los compradores de Aifos es que casi ninguno tenía avales individuales en relación con su contrato. Cuando se los habían pedido a Aifos, ellos les dijeron que no se preocupara que no los iba a necesitar. Pero no era cierto.
Si le hubieran dado el aval al que tenía derecho, podría haber reclamado directamente al banco avalista y no hubiera necesitado meterse en juicios.
La nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo también afecta a Las Caballerizas.
Pero no todo estaba perdido porque, afortunadamente para nuestro cliente, la Ley 57 1968 está siendo utilizada por el Tribunal Supremo y declara como responsables a las entidades financieras, bancos y cajas de ahorro, que ayudaron a las constructoras e inmobiliarias en la construcción de viviendas que no se terminaron.
Exactamente eso ocurrió con Aifos. El Banco Popular, hoy es el Banco Santander, avalaron a Aifos o le financiaron las promociones. No digo que avalaron directamente a los compradores de Aifos, sino que avalaron a la inmobiliaria para que pudiera vender las viviendas. Pero muchas de ellas se quedaron sin finalizar cuando explotó la burbuja inmobiliaria o cuando Aifos quebró, y muchas otras ni siquiera habían comenzado.
Sin embargo, en todas las viviendas, tanto las que se habían construido casi hasta el final, como las que estaban empezando, como las que ni siquiera habían salido de los planos del arquitecto, en todas ellas Aifos había recibido ingresos por entregas a cuenta en la compra de pisos. Y esos ingresos se habían realizado en las entidades bancarias que avalaban a Aifos.
Ya hemos señalado arriba que nuestro cliente compró el apartamento en la promoción de Aifos “Las Caballerizas”. Pagó a cuenta lo que se le pidió y se abonaron los pagos a la entidad que Aifos designó: el Banco de Andalucía que después se llamó Banco Popular y ahora es Banco Santander.
Pero la construcción de la vivienda ni siquiera se inició. Y luego Aifos traspasó o cambió o permutó los derechos del cliente a otra vivienda en la promoción Aifos Hipódromo y el comprador siguió pagando las letras y el dinero que le pidieron. Y la vivienda tampoco se terminó.
El contrato que nos envió escaneado por email el cliente no ofrecía duda de que permitía exigir que, como Aifos ya no existe, sea el Banco el que asuma la obligación de devolver el dinero porque también fue el banco el que se benefició de los ingresos a cuenta.
Aquí abajo, en el siguiente enlace, puede ver el contrato que nos envió.
Contrato-Compra-Aifos-Las-Caballerizas
Nos pareció evidente que podíamos reclamar al banco Popular, según la explicación en la página “inmobiliario” de esta web sobre Aifos, las pólizas colectivas, la ley 57 1968 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las cantidades anticipadas en la construcción de viviendas.
Al cliente también le gustó la idea de que, dada la alta probabilidad de ganar su caso, nosotros podíamos esperar a cobrar nuestros honorarios a la sentencia (y sin cobrar en caso negativo) lo que en inglés llaman “no win no fees”.
La Sentencia por la promoción Las Caballerizas.
Una vez que el cliente nos envió el Poder, pusimos la demanda contra el Banco Popular en Málaga, hicimos todas las alegaciones que han estudiado los casos de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, y el banco hizo su defensa y se celebró el juicio.
También le pedimos al Banco pagar el interés legal del dinero desde la entrega del dinero a cuenta a la constructora Aifos. Y es una cantidad enorme cuando se reclama desde hace tantos años. Aproximadamente el interés va a sumar otro 50%. Es decir, si se reclaman 50.000 € desde el año 2003, el interés es de 29.000 € aproximadamente por lo que hablamos de recuperar 79.000 euros en total.
En el enlace al final de la página puede ver la sentencia en formato PDF y descargarse el archivo y leerla para conocer los detalles de la promoción de Aifos en Las Caballerizas y el banco que debe devolver dinero.
¿Usted tiene el mismo problema de haber entregado cantidades a cuenta por una vivienda? Mándenos un email o llámenos. Ahora mejor que después.
Si compró en la promoción Las Caballerizas, eche un vistazo a su propio contrato a ver si su contrato es parecido a este.
Podría recuperar las cantidades entregadas a cuenta para la construcción de una vivienda que no llegó a obtener la licencia de primera ocupación porque ni siquiera llegó a construirse, y el 50% adicional en concepto de intereses desde que usted pagó el dinero.
Si entregó dinero en concepto de cantidades anticipadas en la construcción de las viviendas de Aifos en la promoción Las Caballerizas, debería contactar con este Despacho.
No importa que no tuviera aval individual o que Aifos haya desaparecido.
Nosotros reclamamos al Banco que también fue responsable de aquel desastre.
Es que la construcción de las viviendas de Las Caballerizas estaba avalada por el Banco Popular y eso ya es suficiente para que se responsabilice de devolverle el dinero. Así lo dice la Ley 57 1968.
No sólo es aplicable a esa promoción, sino a todas las demás: Aifos Hipódromo, Aifos Valle Rosario Golf, Hacienda Casares, etc. Pinche en esos enlaces y verá los casos de estas promociones ganados por el Despacho de abogados Vila.
Puede llamarnos y concertar una cita gratuita o enviarnos su documentación por email para que la estudiemos sin compromiso.
Es fácil. No se preocupe por los costes porque podemos llegar a un acuerdo de pago en forma de porcentaje sólo en caso de que el resultado sea positivo (incluso podría salirle gratis).
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